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03 enero 2015

SUNEDU REGIRÁ LA MARCHA DE LAS UNIVERSIDADES DESDE EL 05-ENE-15

La SUNEDU ya cuenta con un Reglamento de Operaciones y Funciones que especifica la estructura y el funcionamiento de la nueva superintendencia, instrumento de gestión aprobado por el Ministerio de Educación. Falta convocar a concurso público para designar a los integrantes de la Comisión Organizadora y la designación del Superintendente. La nueva Ley Universitaria se aplicará para quienes iniciaron estudios desde el 10 de julio de 2014.


Desde el 5 de enero de 2015, las universidades del país estarán regidas por la SUNEDU, Superintendencia Nacional de Educación Superior que, conforme a la Nueva Ley Universitaria N° 30220, reemplaza a la extinguida ANR, Asamblea Nacional de Rectores. La nueva institución, adscrita al Ministerio de Educación, funcionará de manera exclusiva en el mismo edificio en el que trabajó su antecesora hasta el 31 de diciembre de 2014 (1).

El lunes 5 de enero tomará posesión del edificio, ubicado en la Calle Aldabas N° 337, Urbanización Las Gardenias del distrito de Surco, que le fue entregada al MINEDU por la Superintendencia de Bienes Nacionales. Allí se instalarán las oficinas que cumplirán las atribuciones y funciones otorgadas por la Ley Universitaria, entre ellas, expedir los grados y títulos universitarios y el otorgamiento de licencias para las universidades aún no institucionalizadas. Actualmente hay 60 universidades en esta condición, según datos del Minedu.

Sin embargo, aún está pendiente la constitución de la Comisión Organizadora de la SUNEDU, para lo cual deberá convocarse a concurso público para definir a los cinco integrantes del Consejo Directivo. Queda también la designar del primer superintendente por el Ministerio de Educación.

SITUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES


La Ley Universitaria será de aplicación para todos los estudiantes que hayan iniciado sus estudios superiores a partir del 10 de julio del 2014, vale decir, un día después de la promulgación de la norma, lo cual significa que todos los universitarios que ya estaban cursando sus estudios en esa fecha aún podrán obtener el grado de bachiller de manera inmediata, salvo que los estatutos de su universidad indiquen lo contrario. Además, también podrán obtener el grado de licenciado mediante mecanismos ajenos a la sustentación de una tesis.

En cambio, quienes iniciaron sus estudios después de esa fecha deberán realizar obligatoriamente un proyecto de investigación para obtener el bachillerato y acreditar el dominio del idioma inglés para el mismo grado. A esto se suma que la licenciatura solo se conseguirá a través de la sustentación de una tesis. La Ley, en tal sentido, no es retroactiva.

SITUACIÓN DEL PROFESORADO
En cuanto a los docentes, la Nueva Ley señala que las universidades tienen un plazo de cinco años para empezar a contratar catedráticos que tengan necesariamente el grado de maestros.

El mismo rango de cinco años se aplica para la renovación de profesores, que implica la no contratación de aquellos que excedan los 70 años, salvo que sea en la condición de docentes extraordinarios.

Fuente:
(1)    http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-sunedu-ocupara-manera-exclusiva-ex-local-anr-a-partir-del-2015-535689.aspx
(2)    http://www.larepublica.pe/01-01-2015/sunedu-regira-la-marcha-de-las-universidades-desde-este-lunes



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