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22 septiembre 2010

FACULTADES SANCIONADORAS PARA LA CONTRALORÍA SON APROBADAS EN COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE CONGRESO

La Comisión de Fiscalización del Congreso de la República del Perú acaba de aprobar en la fecha un dictamen que otorga facultades a la Contraloría General de la República para sancionar administrativamente a los servidores y funcionarios públicos que hayan cometido irregularidades en el ejercicio de sus funciones. El dictamen será propuesto al Pleno del Congreso de la República para su consideración, probablemente la siguiente semana. Este es un paso importante en la lucha  contra la corrupción en el sector público, que ya es un mal endémico en el Perú.

La propuesta (1) señala que la Contraloría podrá ejercer la potestad sancionadora a partir de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control. Al respecto, esto es lo que dice el texto del dictamen: “La referida potestad sancionadora se ejerce sobre los servidores y funcionarios, con prescindencia del vínculo laboral, contractual, estatutario, administrativo o civil del infractor y del régimen bajo el cual se encuentre”. 

Son conductas infractoras aquellas en las que incurren los servidores y funcionarios por contravenir el ordenamiento jurídico y administrativo, así como las disposiciones internas y el marco legal de la entidad a la que pertenecen; asimismo son los actos que persiguen un fin prohibido por ley o reglamento, utilizar los bienes y recursos de la entidad en beneficio propio e incurrir en cualquier acción u omisión que devenga en negligencia, entre otras transgresiones.

Las sanciones que van desde suspensión temporal hasta la inhabilitación para el ejercicio de la función pública de uno a cinco años, y hasta la destitución o despido.

Sin embargo, según el dictamen se hallan exceptuadas las autoridades elegidas por votación popular, los titulares de los organismos constitucionales autónomos y las autoridades que cuentan con la prerrogativa del antejuicio político.

El dictamen también señala que la responsabilidad administrativa funcional es diferente de la disciplinaria, que surge del incumplimiento de las normas que regulan la prestación laboral o contractual, cuyo procesamiento y sanción corresponde a las autoridades de las entidades y al Tribunal del Servicio Civil.

Probablemente el dictamen sea analizado esta semana por el pleno del Congreso y de ser aprobada modificaría la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Fuad Khoury Zarzar, titular de la Contraloría General de la República, se presentó ante la Comisión de Fiscalización del Congreso para respaldar la aprobación de la referida norma e informó que desde enero de 2009, dicho organismo ha presentado un total de 2,700 denuncias que involucran en diferentes actos de corrupción a 1,600 funcionarios, pero que, a pesar de ello, continúan trabajando para el Estado, incluso ocupando el mismo cargo (2).

Referencias:
(1)   En http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx?id=EiJ2vkjzh8E=
(2)   http://www.losandes.com.pe/Nacional/20100922/41214.html

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