
¡Bienvenidos a bdfec!, un recurso académico digital abierto, hecho para facilitar tanto a profesores como estudiantes información y herramientas útiles para la enseñanza y aprendizaje de la ciencia económica y sus aplicaciones. Aprovéchelo al máximo y compártalo con otros economistas y no economistas.
Entrada destacada
Congreso de la República aprueba dictamen para crear Universidad Nacional Autónoma del distrito de San Marcos, Huari, Áncash El Pleno del ...

16 enero 2011
¿QUÉ SON LAS REGALÍAS MINERAS, PETROLERAS Y GASÍFERAS EN EL PERÚ? TENDENCIAS 2005-2009
La regalía minera, petrolera y gasífera es una contraprestación económica establecida por ley, mediante la cual los titulares de concesiones mineras, otorgadas por el Estado que es propietario de los recursos, están obligados a pagar mensualmente al Estado por el derecho a explotar los recursos minerales metálicos, no metálicos, hidrocarburos y gas en el territorio nacional.
Regalía minera
En el caso de la regalía minera, el monto a pagar corresponde a un porcentaje del valor del producto que extraen según rangos establecidos en la ley. Así, por la producción minera de hasta US$ 60 millones anuales se paga 1% del valor de la producción, por el exceso entre US$ 60 millones y US$ 120 millones se paga 2%, y por el resto por encima de US$ 120 millones se paga 3%. Para el caso de minerales que no cuenten con cotización internacional se paga solo 1%, mientras que los pequeños productores y mineros artesanales están exentos de este pago. La recaudación obtenida por este concepto es destinada a los gobiernos locales (80%) y regionales (15%), en donde se realiza la actividad, así como a las universidades nacionales del mismo departamento (5%).
Regalía petrolera
En el caso de la regalía petrolera, el cálculo y recaudación es quincenal de acuerdo a la modalidad acordada con la empresa en el contrato de concesión.
Regalía gasífera
En el caso de la regalía gasífera, la contraprestación se rige según la Ley N° 27506 (año 2001) para las empresas que operan en los departamentos donde no existía legislación relacionada a las actividades extractivas de hidrocarburos, mientras que las empresas con producción gasífera anterior a la ley mantienen la metodología de la regalía petrolera. Su cálculo y recaudación es quincenal y se calcula multiplicando el volumen de la producción quincenal por el porcentaje de regalía acordado en cada uno de los contratos de concesión.
Fuente:
Reproducido de “Aprendiendo Economía”, Boletín Económico enero 2011, AFP Integra.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
Libro Digital: Filosofía de la economía: leyes, teorías y modelos. Barceló, Alfons
PRESENTACIÓN: ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL CONOCIMIENTO CIENTÍFICO
VídeoAPA: NORMAS APA 7° Edición
VÍDEOTESIS: Búsqueda de artículos científicos
PRESENTACIÓN: Futuro de la Economía y de los Economistas - Enrique Huerta Berríos
Futuro de la Economía y de ... by Enrique Huerta Berríos on Scribd
muy interesante el portal espero q siga asi o mejor quizas!!!!!
ResponderBorrar