La SUNEDU ya
cuenta con un Reglamento de Operaciones y Funciones que especifica la
estructura y el funcionamiento de la nueva superintendencia, instrumento de
gestión aprobado por el Ministerio de Educación. Falta convocar a concurso
público para designar a los integrantes de la Comisión Organizadora y la
designación del Superintendente. La nueva Ley Universitaria se aplicará para
quienes iniciaron estudios desde el 10 de julio de 2014.
Desde
el 5 de enero de 2015,
las universidades del país estarán regidas por la SUNEDU, Superintendencia
Nacional de Educación Superior que, conforme a la Nueva Ley Universitaria N°
30220, reemplaza a la extinguida ANR, Asamblea Nacional de Rectores. La nueva institución, adscrita
al Ministerio de Educación, funcionará de manera exclusiva en el mismo
edificio en el que trabajó su antecesora hasta el 31 de diciembre de 2014 (1).
El lunes 5 de enero tomará posesión del
edificio, ubicado en la Calle Aldabas N° 337, Urbanización Las Gardenias del
distrito de Surco, que le fue entregada al MINEDU por la Superintendencia de
Bienes Nacionales. Allí se instalarán las oficinas que cumplirán las
atribuciones y funciones otorgadas por la Ley Universitaria, entre ellas, expedir
los grados y títulos universitarios y el otorgamiento de licencias para las
universidades aún no institucionalizadas. Actualmente hay 60 universidades en
esta condición, según datos del Minedu.
Sin embargo, aún está pendiente la constitución de la Comisión
Organizadora de la SUNEDU, para lo
cual deberá convocarse a concurso público para definir a los
cinco integrantes del Consejo Directivo. Queda también la designar del primer
superintendente por el Ministerio de Educación.
SITUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
La Ley Universitaria será de aplicación para
todos los estudiantes que hayan iniciado sus estudios superiores a partir del 10
de julio del 2014, vale decir, un día después de la promulgación de la
norma, lo cual significa que todos los universitarios que ya estaban cursando
sus estudios en esa fecha aún podrán obtener el grado de bachiller de manera
inmediata, salvo que los estatutos de su universidad indiquen lo contrario.
Además, también podrán obtener el grado de licenciado mediante mecanismos
ajenos a la sustentación de una tesis.
En cambio, quienes iniciaron sus estudios después de
esa fecha deberán realizar obligatoriamente un proyecto de investigación para
obtener el bachillerato y acreditar el dominio del idioma inglés para el
mismo grado. A esto se suma que la licenciatura solo se conseguirá a través de
la sustentación de una tesis. La Ley, en tal sentido, no es retroactiva.
SITUACIÓN DEL PROFESORADO
En cuanto a los docentes, la Nueva Ley señala que las universidades
tienen un plazo de cinco años para empezar a contratar catedráticos que tengan
necesariamente el grado de maestros.
El mismo rango de cinco años se aplica para la
renovación de profesores, que implica la no contratación de aquellos que
excedan los 70 años, salvo que sea en la condición de docentes extraordinarios.
Fuente:
(1)
http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-sunedu-ocupara-manera-exclusiva-ex-local-anr-a-partir-del-2015-535689.aspx(2) http://www.larepublica.pe/01-01-2015/sunedu-regira-la-marcha-de-las-universidades-desde-este-lunes
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